¿CÓMO AFECTA EL CAMBIO DE LA PLUSVALÍA EN LA VENTA DE INMUEBLES?
El 10 de noviembre de 2021 entró en vigor el Real Decreto Ley 26/2021, y su eco sigue resonando por las novedades introducidas en la ampliación de capital en la ciudad. Este impuesto generalmente genera muchos ingresos para los gobiernos locales y el cambio en la legislación parece ser un punto de inflexión en esta dirección.
También conocido como impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos urbanos, la plusvalía comunitaria es un impuesto que grava el incremento del valor de los terrenos urbanos mientras permanece en propiedad del contribuyente.
Este hecho imponible es la transmisión real de la propiedad, es decir, cuando el propietario decide vender el inmueble o terreno en cuestión o cuando se recibe como parte de una herencia o donación.
La definición completa del impuesto a las ganancias de capital se encuentra en el texto de la Ley de Haciendas Locales.
Para que se aplique el impuesto, el valor de la propiedad debe aumentar necesariamente entre el momento de la adquisición y el momento de la transmisión. Es la condición que reconoce el incremento del valor de los bienes a lo largo del tiempo la que ha estado en el centro de la controversia. Ante este cambio, una sentencia del Tribunal Constitucional de fecha 11 de mayo de 2017 cuestionó la constitucionalidad de algunas disposiciones de laLey de Haciendas Locales.
La inversión de la merced fue tratada por otra sentencia del TC de 26 de octubre de 2021, en la que se declaró nulo el método del impuesto sobre las plusvalías, modificando así la legislación inicialmente mencionada.
La principal novedad que introduce la ley incluye una propuesta de escenario de dos opciones para el pago de impuestos, de modo que los contribuyentes puedan aplicar la opción más rentable.
Por un lado, se propone multiplicar el valor catastral con nuevos coeficientes, con el objetivo de adaptarse mejor a las realidades inmobiliarias y eventualmente actualizarlos en el presupuesto general del estado.
Por otro lado, es posible calcular el beneficio real debido a la diferencia entre el precio de venta y el precio de compra de la casa. Si el contribuyente no gana capital alguno con la venta de la casa, está exento del impuesto.
Los consistorios tendrán un margen del 15% para ajustar los valores catastrales de sus terrenos a su nivel moderno, para garantizar que las tasas impositivas estén en línea con las realidades inmobiliarias locales en todo momento. Los nuevos métodos de cálculo arrojan resultados diferentes en función del tiempo transcurrido entre la compra y la venta del inmueble o terreno.
Por ejemplo, los propietarios que compren y revendan en un plazo inferior a un año serán los más afectados, ya que la ley reformada penaliza las transacciones inmobiliarias puramente especulativas.
Por el contrario, los propietarios que compraron su propiedad mientras estallaba la burbuja inmobiliaria tendrían que pagar tasas impositivas más bajas, porque tal escenario es visto como "no representativo" de la realidad del mercado, la escuela de bienes raíces.